POR Altagracia Paulino
Una niña que viajaba con su padre desde París a Turquía murió en el avión, ¿La razón? Había comido en el aeropuerto un helado que contenía “chispitas” de almendra.
La niña era alérgica a este fruto seco, ingrediente que no aparecía registrado en la etiqueta del helado.
En Estados Unidos, una asociación de personas obesas demandó a las proveedoras de comida rápida porque atribuyeron la obesidad a la falta de información sobre la cantidad de grasas, sales, azúcares, entre otros aditivos que no estaban especificados en las propuestas de comida.
Ganaron la batalla porque la corte determinó que, ciertamente, le negaban información relevante para la buena salud a los ciudadanos, y hoy en todos los restaurantes de ese país, sin importar la categoría, informan en el menú la cantidad de calorías y otras informaciones relevantes.
Si el consumidor no entiende la información está compelido a tomar decisiones incorrectas, las cuales pueden hasta costarle la vida, como le pasó a la niña francesa; y si la información está en otro idioma, como ocurre en nuestro mercado, estamos contribuyendo a errores de esa naturaleza.
Cuando se habla de derechos fundamentales es porque los mismos están relacionados con el más fundamental de todos, la vida. La OCDE ha planteado que la información sobre alimentos y medicamentos le debe llegar al ciudadano en el idioma que se hable en su comunidad, y va más lejos, refiere que debe llegar también en los dialectos que hablan los indígenas y aborígenes para que el mensaje sea asimilado y le sirva en la toma de decisiones.
Hoy más que nunca se requiere de información veraz y verificable, porque en materia de alimentos y medicamentos, donde está en juego la vida y la salud de las personas, el derecho a saber es necesario.
En el mundo desarrollado le han añadido nuevas indicaciones a la información nutricional y en muchos se ha legislado para que haya una ley de etiquetado frontal, donde estén contenidas las informaciones relevantes para la prevención de la salud. Hemos escrito sobre esto antes.
La Constitución dominicana consagra en su articulo 53 los derechos del consumidor, donde destaca que: “toda persona tiene derecho a una información objetiva, veraz y oportuna sobre el contenido y las características de los productos y servicios que use o consuma, bajo las previsiones y normas establecidas por la ley”. Las leyes 42-01 de Salud y la 358-05 de Protección al Consumidor establecen claramente que la información debe ser en idioma español.
La Ley de Salud es mucho más rigurosa sobre la obligatoriedad de que la información debe estar en español. Figúrense, productos químicos peligrosos, mezclas tóxicas y que el usuario muera por desconocimiento.
La decisión del Tribunal Constitucional de declarar inconstitucional el que los dominicanos ejerzamos el derecho a leer el contenido de los productos importados en nuestro idioma bajo el alegato de que afecta la inversión privada, pone un peligro a todos y viola el derecho fundamental a la información.
Los derechos fundamentales están relacionados con la vida
Hoy más que nunca se requiere de información veraz y verificable
Decisión Tribunal Constitucional viola derecho a la información