NOTA DE PRENSA VENTA EN SUBASTA

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Observatorio Nacional para la Protección del Consumidor

–ONPECO-

NOTA DE PRENSA

El Observatorio Nacional para la protección de los Derechos del consumidor reveló que viola la Constitución y el debido proceso la audiencia única y venta inmediata en pública subasta de los embargos inmobiliarios que se ejecutan de manera sumarísima en los distintos tribunales del país.
El ONPECO recordó que la Constitución define el Estado Social y Democrático de Derecho, lo que permite al ciudadano alternativas para hacer uso de sus derechos ciudadanos los cuales les son vulnerados a los adquirientes de viviendas mediante el sistema de hipoteca.
Un embargo nunca puede ser convertido en venta en pública subasta en caso de que exista una póliza de vida, una demanda en petición en curso o no realizada, cuando el crédito sea cuestionado por razones atendibles, cuando el deudor invoque a su favor otro procedimiento y leyes que le amparen como consumidor final.
El acto sumarísimo de embargo y venta inmediata del inmueble, le niega la oportunidad a las familias que durante toda su vida ahorraron para la adquisición de una vivienda y que por cualquier circunstancia se haya atrasado en el pago de la hipoteca, no le queda otra vía que la del despojo con la anuencia de un tribunal que no toma en cuenta leyes colaterales dentro del sistema de justicia que los amparan.
El ONPECO cita la ley 358-05 de protección a los derechos del consumidor que establece la posibilidad del adquiriente de renegociar su deuda y la ley 141-15 que, otorga un plazo de dos años para afrontar su deuda.
Entendemos que la Superintendencia de Bancos, la Junta Monetaria y PROCONSUMIDOR, deben revisar los contratos de adhesión de las hipotecas porque con la mala aplicación de la ley 189-11, ocurre todos los días un atropello aberrante contra familias y consumidores humildes que pierden sus viviendas como por arte de magia.

El ONPECO hace un llamado a todo el Sistema de Justicia para que cumpliendo con el debido proceso que establece la constitución se acoja a vías alternativas que prevé el mismo sistema judicial para evitar el desamparo judicial de las familias como sector vulnerable.
El sistema democrático implica una cultura democrática de negociación, y el juez debe asumirla, porque de lo contrario, los legisladores podrían ir más lejos que los jueces haciendo leyes que harían inoperante a la justicia.
De acuerdo a lo observado por el ONPECO, luego de entrar en vigor la ley 189-11, se ha producido un festival de embargos y ventas inmediatas de las propiedades adquiridas por los sectores más vulnerables de la sociedad dominicana.
Llamamos a la opinión pública y a la población en general para que se oponga a que el embargo inmobiliario y la venta en pública subasta no pase en una audiencia única, sin la oportunidad de exponer acciones atendibles.
Se estima que solo en el Distrito Nacional se produce un promedio de cuarenta embargos inmobiliarios diarios y subastas inmediatas del bien, y conforme a reporte de abogados del interior del país, en todas las provincias se producen embargos y ventas de viviendas en audiencia única sin que la parte afectada tenga derecho a la defensa y razonamiento ante el juez como lo establece el debido proceso.
Finamente, el ONPECO exhorta a todos los medios de comunicación y a cualquier persona interesada a acudir a los tribunales de lo civil y comercial para que palpen la realidad de lo que está ocurriendo diariamente con el despojo de un bien tan significativo para las familias como es el de su vivienda.

Santo Domingo, D.N.,
21 de mayo de 2018

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